FACTURAS AYUDAS LIBROS:

INFORMACIÓN PARA ENTREGAR A LAS FAMILIAS

Os paso información que es IMPORTANTE Y URGENTE dispongan las familias antes de que adquieran los libros de texto para el curso siguiente.

Por favor, hacédsela llegar.

Conforme a la Resolución por la que se convocan las ayudas a la adquisición de libros de texto para el curso 2017/2018 se han establecido unos tipos de ayudas (para E. Primaria y ESO) en función de la renta. per cápita.

La justificación del gasto se realizará (salvo para los del CLPI) mediante la presentación de la factura cuyo tratamiento en Racima se modificará para que desde los centros podais mecanizar en una casilla el importe de dicha factura.

Así, para la concesión de las ayudas se propondrá por parte del sistema la ayuda que corresponda según la renta per cápita y a la vez se comprobará el importe de la factura de tal forma que finalmente se concederá el tipo de ayuda como se explica en el ejemplo:

Alumno de E. PRIMARIA:

  • según renta per cápita le corresponde 160 euros de ayuda.

justifica una factura de 135,45 euros.

  • la ayuda final a conceder será la del tramo justificado: es decir 130 euros.

justifica una factura de 110 euros.

  • la ayuda final a conceder será la del tramo justificado: es decir 100 euros.

justifica una factura de 90 euros.

  • no obtendrá ayuda de libros, pues el importe justificado es inferior al primer tramo de ayudas existente

Alumno de ESO:

  • según renta per cápita le corresponde 245 euros de ayuda.

justifica una factura de 205,45 euros.

  • la ayuda final a conceder será la del tramo justificado: es decir 200 euros.

justifica una factura de 195 euros.

  • la ayuda final a conceder será la del tramo justificado: es decir 150 euros.

justifica una factura de 145 euros.

  • no obtendrá ayuda de libros, pues el importe justificado es inferior al primer tramo de ayudas existente

RESUMEN:

LA AYUDA PROPUESTA INICIALMENTE SERÁ LA QUE CORRESPONDA AL TRAMO DE RENTA PER CÁPITA PERO EN EL CASO EN QUE EL IMPORTE DE LA FACTURA SEA INFERIOR AL MISMO, EL IMPORTE DE LA AYUDA A CONCEDER SE MODIFICARÁ A LA BAJA, DEBIENDO SER COMO MÍNIMO EL GASTO EFECTUADO DE 100 EUROS PARA E.PRIMARIA Y 150 PARA ESO PARA PODER OBTENERLA.

EL IMPORTE FINAL A ADJUDICAR SE PODRÁ VER MODIFICADO HASTA EL TIPO DE AYUDA QUE SE HAYA JUSTIFICADO POR MEDIO DE LA FACTURA, EN CASO DE QUE LA CUANTÍA DE LA FACTURA PRESENTADA SEA INFERIOR A LA AYUDA PROPUESTA SEGÚN LA RENTA PER CÁPITA.

Un saludo, Cristina (Becas y ayudas de la Consejería de Educación)

Deja una respuesta